Este fallo supone la adaptación de la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la UE, que consideró que las hipotecas multidivisa pueden ser calificadas como abusivas cuando los clientes no han sido convenientemente advertidos de los riesgos. Así que las entidades tenían que haber explicado al cliente con detalle cuáles serían las consecuencias de las variaciones del tipo de cambio y de una subida en los tipos de interés de la divisa del préstamo.
Y el dictamen del Supremo incide en esta misma línea: “En el caso del recurso, la entidad bancaria no explicó adecuadamente a los prestatarios la naturaleza de los riesgos asociados a las cláusulas relativas a la denominación en divisas del préstamo y su equivalencia con el euro, que es la moneda en que éstos reciben sus ingresos, ni las graves conseopinión del Alto Tribunal, un consumidor medio puede prever un cierto riesgo por la cotización de la moneda. Pero difícilmente puede hacerse una idea de los riesgos que realmente entraña. “En ellas, la fluctuación de la divisa supone un recálculo constante del capital prestado, lo que determina que, pese al pago de las cuotas de amortización periódica, el prestatario puede adeudar un capital en euros mayor que el que le fue entregado al concertar el préstamo”, apunta.
Incluso si en el contrato se establecía la posibilidad de hacer un cambio de la divisa en la que estaba la hipoteca, esto no dispensa al banco “de sus obligaciones de transparencia en la información precontractual”, sostiene la sala primera del Supremo.
Esta sala afirma que el hecho de que este tipo de hipotecas no estuviesen recogidas en la Ley del Mercado de Valores como un instrumento financiero no significa que no fuesen un producto financiero complejo. De ahí que las entidades tengan que cumplir con “las obligaciones de información”. Además, rechaza que estas cláusulas multidivisa fuesen negociadas individualmente o que representasen un instrumento financiero distinto del propio préstamo.cuencias asociadas a la materialización de tales riesgos”.
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