El municipio de la pequeña localidad italiana de Controne, en la región de Campania (sur), impondrá multas a los dueños de perros que perturben con sus ladridos el silencio del tiempo dedicado a la siesta y el descanso nocturno, según una ordenanza que se conoció este miércoles.
A los amos de los perros que transgredan la nueva norma se les podrá imponer multas que van de 25 (unos 27 dólares) a 500 euros (unos 545 dólares), según el texto de la disposición municipal publicada el martes y difundida este miércoles en medios locales.
“Los perros guardianes de casas, jardines y granjas deben mantenerse de manera que no causen daño agrediendo a los transeúntes y los propietarios deben impedir que los perros ruidosos perturben la paz en las horas nocturnas y la siesta”, señala la norma.
Esta localidad situada al sur de Nápoles y de unos 800 habitantes cuenta también en la nueva normativa con una disposición destinada por otra parte a garantizar el buen trato a los animales.
Y estipula que está prohibido “absolutamente abandonar animales en el territorio comunal, mantener a los perros encadenados y, si esto fuera necesario, la cadena tiene que tener una longitud de cinco metro”.
Además, se deberá garantizar en este último caso -agrega la ordenanza- que el perro “pueda alcanzar tranquilamente el recipiente del agua y de la comida”.
A los amos de los perros que transgredan la nueva norma se les podrá imponer multas que van de 25 (unos 27 dólares) a 500 euros (unos 545 dólares), según el texto de la disposición municipal publicada el martes y difundida este miércoles en medios locales.
“Los perros guardianes de casas, jardines y granjas deben mantenerse de manera que no causen daño agrediendo a los transeúntes y los propietarios deben impedir que los perros ruidosos perturben la paz en las horas nocturnas y la siesta”, señala la norma.
Esta localidad situada al sur de Nápoles y de unos 800 habitantes cuenta también en la nueva normativa con una disposición destinada por otra parte a garantizar el buen trato a los animales.
Y estipula que está prohibido “absolutamente abandonar animales en el territorio comunal, mantener a los perros encadenados y, si esto fuera necesario, la cadena tiene que tener una longitud de cinco metro”.
Además, se deberá garantizar en este último caso -agrega la ordenanza- que el perro “pueda alcanzar tranquilamente el recipiente del agua y de la comida”.
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